Cita en el SAT

Cómo sacar una cita en el SAT por internet y teléfono

Si no sabes cómo tramitar una cita por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), aquí te mostramos los pasos necesarios para conseguirlo. Además, podrás conocer los requisitos necesarios para solicitar tanto tu cita como para tramitar tu firma, y todo puedes hacerlo por vía telefónica o por internet.

Esta es la mejor alternativa para que los contribuyentes estén al día con sus obligaciones, gracias a este sistema implementado por el SAT desde hace algún tiempo.

¿Qué trámites requieren de cita en el SAT?

Son muchos los trámites en los que es necesario una cita, entre los más solicitados están la inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), las modificaciones de régimen fiscal, la tramitación de la contraseña y la obtención y renovación de la e firma.

Existen otros trámites que sí pueden ser llevados a cabo de manera online, pero para ello es necesario tener a la mano algunos documentos o conocer alguna información específica que solo puede ser obtenida por medio de las oficinas del fisco. 

Entre estos trámites están los cambios de domicilio, las actualizaciones y servicios al RFC, la obtención de sellos digitales, la declaración anual o provisional y la activación del buzón tributario.

Trámites que no necesitan cita en el SAT

Hay algunos trámites que no necesitan cita. Entre ellos podemos mencionar:

  • Cambio de domicilio.
  • Declaración anual.
  • Declaración provisional.
  • Facturas.
  • Actualizaciones y servicios al RFC.
  • Activación del buzón tributario.
  • Renovación de e firma.
  • Inscripción de personas mayores de edad.
  • Regularización de obligaciones.
  • Solicitud de aclaraciones y servicios.
  • Obtención de certificados de sellos digitales.

Pasos para agendar una cita en SAT por Internet

Para tramitar una cita en el Servicio de Administración Tributaria por internet, debes seguir los siguientes pasos:

1-Ingresar en la página

Lo primero es ingresar a la página web oficial del SAT, luego debes ir a la sección de citas. También, puedes ingresar directamente a https://citas.SAT.gob.mx/datosPersonales.

2-Elegir las opciones disponibles

Si anteriormente has realizado el registro, debes hacer clic en la opción “Contribuyente que cuente con RFC”.

Si por el contrario, no has realizado el registro, debes entrar en la opción “Inscripción al RFC de personas físicas casos especiales”.

Posteriormente, selecciona la entidad federativa, el módulo y el servicio.

3- Datos personales

Ingresa tus datos personales solicitados por el sistema: nombre completo, RFC y correo electrónico.

4-Fecha

Para finalizar, solo debes seleccionar el día y la hora disponible de tu preferencia, y dar clic en la opción “Solicitar cita”.

Cita SAT vía telefónica

Para obtener una cita en el Servicio de Administración Tributaria por vía telefónica, solo debes marcar el número 55 627 22 728.

¿Qué es la e.firma y cómo se tramita?

La e.firma se utiliza para acreditar a las personas en los registros donde se tramitan documentos y cualquier trámite por vía digital.

Para tramitar la e firma, es necesario que tengas a mano lo siguiente:

  • Dirección de correo electrónico.
  • Unidad de memoria extraíble (USB).
  • También, es necesario que tengas original o copia de los siguientes documentos:
  • CURP.
  • Carta de naturalización certificada, si eres mexicano de nacimiento.
  • Documento migratorio actualizado, si eres extranjero.
  • Para contribuyentes inscritos en RFC con CURP por internet, original del comprobante de domicilio fiscal. También, es válida la credencial INE para verificar el domicilio, en caso de que seas asalariado.

¿Qué pasa si no vas a la cita?

Si cumpliste con todos los pasos y requisitos para obtener una cita de manera satisfactoria, pero por algún motivo no puedes asistir a ella, tienes la opción de cancelarla, siguiendo el mismo procedimiento que realizaste para agendarla.

Si no cancelas la cita en el sistema, el SAT te colocará una inasistencia. Si en el transcurso de 15 días, agendaste dos citas y no lograste asistir a ambas, no podrás entrar al sistema por lo menos por los siguientes 5 días hábiles, contados a partir de tu segunda inasistencia.

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